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Las Dark Kitchen y su regulación fantasma

Las Dark Kitchen y su regulación fantasma

“Siempre debemos mirar el lado bueno de las cosas”. O, “cuando una puerta se cierra, se abre una ventana”.

Cuantas veces hemos escuchado estas frases saliendo de las bocas de nuestros amigos o familiares más optimistas, cuando algo “malo” (en el sentido más tradicional del término) nos ha sucedido. O cuantos títulos motivacionales, con este mismo sentido, leemos a diario en las estanterías de nuestras librerías. 

Pues bien, si algo hemos sacado en claro de esta pandemia es que, al menos en esta ocasión, esas máximas son ciertas.

A pesar de la tragedia que ello ha supuesto para muchos negocios, que se han quedado por el camino, la mente y el ingenio humano siempre se superan, ideándose nuevas formas de negocio para “saltarse la censura” que las restricciones normativas venían imponiendo.

Cuantos de nuestros clientes que se limitaban a ofrecer un servicio de restauración tradicional, se han atrevido con el delivery. Cuantos de ellos tan solo ofrecían bebidas a sus clientes, y han suscrito colaboraciones con reputados chefs para poder ofrecer servicios complementarios en sus limitadas horas de apertura. Podría poner innumerables ejemplos. A todos, desde aquí, os transmito mi total admiración por vuestro ingenio, fuerza y resiliencia.

Cocinas Fantasma: Un fenómeno en auge

Especialmente destacable en el sector de la hostelería es la proliferación del fenómeno llamado Cocinas Fantasma o Dark Kitchen. A pesar de que ya existían anteriormente, la pandemia ha impulsado notablemente su crecimiento, siendo necesaria en este momento dotarlas de una regulación específica.

Se trata de cocinas que únicamente sirven comida a domicilio, sin que dispongan de amables y simpáticos/as camareros/as ni zonas donde los comensales puedan disfrutar de sus platos.

El incremento de la demanda de comida a domicilio durante toda la pandemia ha supuesto, no solo un cambio en nuestros hábitos como sociedad, sino también una oportunidad de negocio para muchos que han decidido subirse a este carro.

Plataformas como Glovo y Deliveroo están siendo grandes impulsores de este modelo de negocio. En ciudades como Madrid y Barcelona disponen de grandes cocinas donde tan sólo cocineros y riders pueden acceder. Así, estas empresas ceden sus instalaciones a restaurantes a cambio de la exclusividad del reparto y un aumento de la comisión por encargo.   

Problemas vecinales

Las Dark Kitchen se ubican normalmente en espacios que están en el centro de la ciudad, en la mayoría de ocasiones en plantas bajas de edificios de viviendas.

Cuando este negocio era minoritario y se desarrollaba en espacios más pequeños, las denuncias vecinales eran casi inexistentes. Pero ahora, la proliferación de cocinas industriales (de cada vez, dimensiones más elevadas) está generando problemas con vecinos que se han venido quejando de olores, ruidos.

En definitiva, una insuficiente adecuación para un negocio que, normalmente, operaba bajo la licencia de industrial y obrador.

Medidas municipales

No obstante, ante las demandas vecinales, ayuntamientos como el de Barcelona han decidido suspender la concesión de licencias para establecimientos de platos preparados con obrador y cocinas industriales sin degustación, con la intención de elaborar una nueva normativa que regule la situación de las Dark Kitchen y evitar que proliferen de manera descontrolada. La idea es que este tipo de actividades se ubiquen en espacios de la ciudad donde no generen molestias al vecindario por el ruido, los olores y la congestión del espacio público que supone el movimiento constante del servicio de reparto.

En Barcelona, son excepción a esta suspensión los caterings que funcionen como actividad complementaria los servicios escolares u hospitalarios y los Parques de Collserola y Montjuic, zonas industriales de la Verneda y la Zona Franca.

Además, se ha anunciado la puesta en marcha de un plan de choque para controlar las actividades y garantizar que se cumple con la normativa.

Procedimiento de aprobación de la futura normativa municipal que regule las Dark Kitchen

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, junto con la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, regulan el procedimiento de elaboración normativa, el cual se viene a resumir, grosso modo, en las siguientes fases: planificación normativa, consulta pública previa, información pública sobre el contenido, emisión de Dictamen por parte de la Comisión Informativa, aprobación inicial por el Pleno de la Corporación, información pública y audiencia de los interesados por el plazo mínimo de 30 días, y aprobación definitiva.

Especialmente relevante a los efectos que interesa al sector es la capacidad de contribuir a la elaboración normativa. Debemos hacer especial hincapié en la posibilidad de presentar escritos de alegaciones durante la fase de información pública y audiencia. Justo después de la publicación de la aprobación inicial del documento. De entre las alegaciones que se presenten, algunas serán estimadas. Estas se incluirán en la versión de la norma que se apruebe definitivamente. Otras serán rechazadas, lo cual podrá comportar la impugnación en vía contenciosa de la ordenanza en cuestión.

Por ello, desde nuestro observatorio Horeca Legal estaremos pendientes del trámite municipal a la hora de regular las Dark Kitchen.

Haremos aportaciones útiles a los textos y propuestas municipales en cada una de las fases del procedimiento e impugnando, si fuera necesario, los preceptos que perjudiquen al sector.

Estad atentos. La intervención en el proceso de todos los operadores vinculados se hace más que relevante. Estamos hablando de un cambio de paradigma y, sobre todo, de un nuevo modelo de negocio que afectará por completo el mundo de la hostelería.

Sea como fuere, os mantendremos informados.

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